
A partir del 2 de noviembre de 2020 el documento equivalente generado por máquinas registradoras con sistema POS no será válido como soporte del IVA descontable y tampoco para la deducción del gasto o costo en el impuesto sobre la renta; dispuesto por el Decreto 358 de marzo de 2020 y la Resolución Dian 000042 de mayo de 2020.
Gracias por la información.